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Auditoría Externa 2026 en Ecuador: ¿Qué empresas están obligadas y cuándo deben contratar al auditor?

1 oct
5 min de lectura


Auditoría externa 2026 Ecuador para empresas obligadas


La auditoría externa 2026 en Ecuador es una obligación que determinadas compañías deben revisar antes del cierre del ejercicio económico.


Con el cierre del ejercicio económico 2026 cada vez más cerca, las compañías ecuatorianas deben revisar oportunamente si se encuentran obligadas a contratar auditoría externa de sus estados financieros.


Dejar esta revisión para los últimos meses del año puede generar dificultades para contratar al auditor, preparar la información requerida y atender oportunamente las observaciones que puedan detectarse durante el proceso.


Además, desde el ejercicio económico 2025 existen nuevos parámetros para determinar qué compañías están obligadas a contar con auditoría externa en Ecuador.


¿Qué cambió en la obligación de auditoría externa?


Mediante la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2025-0005, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros reformó el Reglamento sobre Auditoría Externa y sustituyó los antiguos montos fijos expresados en dólares por límites determinados en función del Salario Básico Unificado (SBU).


Esto significa que los montos para determinar la obligación de auditoría externa pueden modificarse cada año de acuerdo con el SBU vigente.


Para 2026, el Salario Básico Unificado fue establecido en USD 482.


Auditoría Externa 2026 en Ecuador: ¿Que empresas están obligadas y cuándo deben contratar al auditor?


De acuerdo con la normativa vigente, se encuentran obligadas a someter sus estados financieros anuales al dictamen de auditoría externa, entre otras, las siguientes compañías:


1. Compañías con participación pública o finalidad social o pública


Las compañías nacionales de economía mixta, compañías anónimas y sociedades por acciones simplificadas que tengan participación de personas jurídicas de derecho público o privado con finalidad social o pública, cuando sus activos excedan 273 Salarios Básicos Unificados.


Con el SBU de USD 482 correspondiente a 2026, este parámetro equivale aproximadamente a:


273 SBU × USD 482 = USD 131.586


2. Sucursales de compañías o empresas extranjeras


Las sucursales de compañías o empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas establecidas en Ecuador también se encuentran obligadas cuando sus activos superen 273 SBU.


Para 2026, este valor equivale igualmente a aproximadamente:


USD 131.586


3. Compañías privadas nacionales


Las compañías nacionales:


  • Anónimas

  • De responsabilidad limitada

  • En comandita por acciones

  • Sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.)


deben contratar auditoría externa cuando sus activos excedan 1.366 Salarios Básicos Unificados.


Considerando el SBU 2026 de USD 482:


1.366 SBU × USD 482 = USD 658.412


Por lo tanto, una compañía privada que se encuentre dentro de los tipos societarios señalados deberá revisar especialmente este límite para determinar si existe obligación de auditoría externa para el ejercicio 2026.


4. Compañías obligadas a presentar estados financieros consolidados


También se encuentran obligadas las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros que deban presentar estados financieros consolidados.


¿Qué valor de activos se debe considerar?


Este punto suele generar dudas.


Para efectos del Reglamento sobre Auditoría Externa, debe considerarse el activo total registrado en el estado de situación financiera presentado a la Superintendencia de Compañías correspondiente al ejercicio económico anterior.


Por ello, para analizar la obligación de auditoría externa del ejercicio 2026, resulta fundamental revisar correctamente la información financiera previamente reportada por la compañía y su situación particular.


No es recomendable determinar la obligación únicamente observando las ventas o utilidades de la empresa, ya que el criterio principal establecido para estas categorías corresponde al monto de sus activos.


¿Hasta cuándo debe contratarse al auditor externo?


Para las compañías obligadas a la auditoría externa 2026 en Ecuador, resulta importante planificar la contratación y los procedimientos de auditoría antes del cierre del ejercicio.


La Ley de Compañías establece que la contratación del auditor externo debe efectuarse hasta 90 días antes de la fecha de cierre del ejercicio económico.


Para una compañía cuyo ejercicio económico termina el 31 de diciembre de 2026, este plazo cobra especial importancia durante los primeros días de octubre.


La normativa también establece que la selección debe realizarse entre auditores externos calificados por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.


Actualmente, la Superintendencia mantiene disponible públicamente el Registro Nacional de Auditores Externos para consultar a los profesionales y firmas calificadas.


¿Por qué conviene contratar la auditoría antes del cierre del año?


Una auditoría externa no debería entenderse únicamente como un requisito que debe cumplirse después de cerrar los estados financieros.


Cuando el trabajo comienza oportunamente, el auditor puede realizar procedimientos preliminares que permiten identificar situaciones que todavía pueden revisarse antes del cierre.


Entre ellas:


  • Diferencias en cuentas por cobrar o proveedores.

  • Inventarios sin conciliación con los registros contables.

  • Activos fijos incorrectamente registrados o depreciados.

  • Obligaciones financieras sin documentación suficiente.

  • Cuentas con accionistas o partes relacionadas pendientes de análisis.

  • Conciliaciones bancarias con partidas antiguas.

  • Provisiones o estimaciones contables sin soporte.

  • Debilidades en controles internos.

  • Falta de documentación de determinadas transacciones.


Detectar estos puntos antes del cierre permite que la administración disponga de mayor tiempo para analizar y respaldar adecuadamente sus estados financieros.


¿Qué información suele solicitar un auditor externo?


Los requerimientos dependen del tamaño, actividad y características de cada empresa, pero normalmente el proceso puede incluir:


  • Estados financieros y balance de comprobación.

  • Mayores contables.

  • Conciliaciones bancarias.

  • Detalle de cuentas por cobrar y cuentas por pagar.

  • Inventarios.

  • Activos fijos y depreciaciones.

  • Obligaciones financieras.

  • Declaraciones tributarias.

  • Nómina y obligaciones laborales.

  • Actas societarias.

  • Contratos relevantes.

  • Confirmaciones de bancos, clientes, proveedores y abogados.

  • Información de partes relacionadas.

  • Documentación de operaciones significativas.


Tener esta información organizada desde el inicio reduce retrasos y facilita el desarrollo del trabajo de auditoría.


La auditoría externa no consiste solamente en emitir un informe


El objetivo del auditor externo es obtener evidencia suficiente y adecuada que permita expresar una opinión profesional independiente sobre los estados financieros.


Durante este proceso también pueden identificarse deficiencias en procedimientos, controles internos o documentación que deberían ser conocidas por la administración.


Por ello, además del dictamen de auditoría, un trabajo adecuadamente planificado puede convertirse en una herramienta útil para mejorar la calidad de la información financiera y fortalecer los controles de la organización.


¿Su empresa está obligada a contratar auditoría externa en 2026?


La obligación debe analizarse considerando el tipo de compañía, el monto de sus activos, la información financiera reportada y las condiciones particulares de la entidad.


En Consultoría IDA brindamos servicios de Auditoría Externa de Estados Financieros en Ecuador, acompañando a las compañías desde la planificación y revisión preliminar hasta la emisión del informe correspondiente.


Nuestro servicio comprende, entre otros aspectos:


  • Planificación de auditoría.

  • Evaluación de riesgos.

  • Revisión de estados financieros.

  • Pruebas sobre cuentas significativas.

  • Confirmaciones externas.

  • Evaluación de controles internos.

  • Revisión de inventarios cuando corresponda.

  • Comunicación de observaciones y recomendaciones.

  • Emisión del informe de auditoría externa.


Si desea conocer si su empresa está obligada a contratar auditoría externa para el ejercicio 2026 o requiere una propuesta de servicios, puede contactarnos para revisar su caso.


Consultoría IDA – Auditoría, Control y Consultoría Empresarial


La información contenida en este artículo es de carácter informativo y debe analizarse conjuntamente con la normativa vigente y las circunstancias particulares de cada compañía.

 
 
 

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