El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC19-00000052 publicada en el Registro Oficial Nº 84 del 20 de noviembre de 2019, se aprobó "EL ANEXO SOBRE REPORTE DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES INMUEBLES, PATENTES MUNICIPALES, ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y TÍTULOS HABILITANTES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO, COMERCIAL Y POR CUENTA PROPIA."
¿ Cuáles son los sujetos obligados a presentar el anexo sobre reportes de información?
Los siguientes sujetos se encuentran obligados a presentar al Servicio de Rentas Internas la información que se detalla a continuación:
1. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados: Información que consta en sus catastros, registros u otras bases de datos de similar naturaleza, sobre:
a) Bienes inmuebles;
b) Patentes municipales;
c) Espectáculos públicos; y,
d) Títulos habilitantes para la prestación del servicio de transporte público, comercial y por cuenta propia, conforme lo previsto en la normativa que regula el tránsito terrestre.
2. Las mancomunidades, consorcios y otras entidades cuyas atribuciones estén relacionadas con la emisión, gestión y/o administración de títulos habilitantes para la prestación del servicio de transporte público, comercial y por cuenta propia:
a) Información sobre títulos habilitantes para la prestación del servicio de transporte público, comercial y por cuenta propia, conforme lo previsto en la normativa que regula el tránsito terrestre, que consta en sus catastros, registros u otras bases de datos de similar naturaleza.
3. El Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda:
a) Información sobre bienes inmuebles que consta en sus catastros, registros u otras bases de datos de similar naturaleza. El detalle de la información a ser presentada constará en la respectiva ficha técnica del Anexo.
De la forma de presentación y plazos de la presentación.
Los sujetos obligados deberán presentar el Anexo a través del portal web institucional