Fuente: Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-041, emitido el 15 de Marzo del 2022.
Obligados al pago de la compensación
Están obligados al pago de la compensación económica para alcanzar el salario digno
Los empleadores,
personas jurídicas o
personas naturales obligadas a llevar contabilidad,
que hubieren generado utilidades en el año 2021 o que hubieren pagado un anticipo al impuesto a la renta inferior a esas utilidades; y que, durante dicho ejercicio económico, no pagaron a las personas trabajadoras o extrabajadoras por lo menos el monto del salario digno.
Cálculo de la compensación del Salario Digno
El valor de la compensación económica para alcanzar el salario digno resulta de:
(Salario Digno - Ingreso mensual que la persona trabajadora y extrabajadora percibió durante el año 2021) |
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Valor del Salario Digno para el año 2021
El salario digno para el año 2021 es $ 447.41 (cuatrocientos cuarenta y siete dólares de los Estados Unidos de América con cuarenta y un centavos).
Fecha Máxima de Pago de la Compensación
La compensación económica para alcanzar el salario digno deberá pagarse a las personas trabajadoras o extrabajadoras hasta el 31 de marzo de 2022.
Si el valor no alcanza para cubrir el salario digno, deberá repartirse de manera proporcional, aplicando la siguiente fórmula:
Sanciones por Incumplimiento del Pago
En caso de evidenciar incumplimiento del pago de la compensación económica para alcanzar el salario digno y su registro, conforme lo establecido en este acuerdo, será sancionado de conformidad a los artículos 628 y 629 del Código del Trabajo y al artículo 7 del Mandato Constituyente No. 8, según corresponda.
Advertencia: El boletín de Consultoría IDA no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento informativo.
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