Por única vez, los sujetos pasivos que deban presentar declaraciones y/o anexos tributarios durante el mes de octubre de 2019, así como aquellos que deban pagar impuestos administrados y/o recaudados por el Servicio de Rentas Internas cuyo vencimiento, de conformidad con la normativa vigente, corresponda al mes de octubre, cumplirá tales obligaciones de acuerdo al siguiente calendario, establecido en función del noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del respectivo sujeto obligado:

Advertencia: El boletín de Consultoria IDA no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.
Fuente: Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000048.
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