Prevención del acoso laboral en el sector privado
- CPA. Israel D'Stteffano

- 26 ago
- 1 Min. de lectura
¡Ecuador refuerza la protección laboral con nuevas medidas!
El Ministerio del Trabajo emitió la norma contra la prevención del acoso laboral en el sector privado según MDT-2025-102, que busca garantizar ambientes de trabajo seguros, inclusivos y libres de violencia en el sector privado.

🔑 Puntos clave de la prevención del acoso laboral en el sector privado
Aplicación obligatoria: Todas las empresas privadas sujetas al Código del Trabajo deben cumplir.
Protocolos internos: Empleadores deben elaborar y registrar un Protocolo Interno de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso Laboral.
Prevención psicosocial: Empresas con más de 10 trabajadores deben implementar un Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales.
Protección a víctimas: Se garantiza confidencialidad, no represalias y procesos justos en casos de denuncias.
Selección de personal justa: Queda prohibido exigir datos como embarazo, estado civil, VIH, edad, religión o fotografías en la hoja de vida.
Derecho a desconexión digital: Se protege el tiempo de descanso y vacaciones, evitando abusos en jornadas fuera de horario.
🚨 Denuncias y sanciones
Los trabajadores podrán presentar denuncias ante el Ministerio del Trabajo.
Inspectores verificarán los casos y sancionarán a empleadores que no activen protocolos.
El incumplimiento será sancionado según la normativa vigente.
📅 Plazos importantes
Las empresas tienen 60 días desde la vigencia (22 de agosto de 2025) para adaptar protocolos y programas internos.
👉 Con la norma contra la discriminación laboral MDT-2025-102, el Ecuador da un paso firme hacia entornos laborales más seguros, respetuosos e inclusivos.
📢 ¡Es momento de actuar! Empresas y trabajadores, juntos podemos construir espacios libres de acoso y discriminación.





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