top of page

PORCENTAJES DE RETENCIÓN IVA PARA DERIVADOS DE PETRÓLEO

Fuente: Resolución NRO. NAC-DGERCGC21-00000063, emitida el 30 de diciembre del 2021.


Resuelve: Establecer los porcentajes de retención del Impuesto al Valor Agregado en la ventas de derivados de petróleo a las distribuidoras.


  • Petrocomercial y las comercializadoras de combustibles, en las ventas de derivados de petróleo a las distribuidoras, deberán efectuar las retenciones IVA (Impuesto Valor Agregado - IVA causado), conforme a los siguientes porcentajes detallados a continuación:

  • Para el caso de otros derivados del petróleo, que no se encuentren referidos en el caso anterior, se aplicará:

Calculado sobre el margen de comercialización que corresponde al distribuidor; los valores retenidos se declararán y pagarán sin deducción alguna.


Nota: La presente Resolución entrará será aplicable a partir del 01 de enero del 2022.


___________________________________________________________________________________________

Advertencia: El boletín de Consultoría IDA no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento informativo.

104 visualizaciones0 comentarios
bottom of page