PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS PARA LAS EMPRESAS DE SEGUROS Y REASEGUROS
Fuente: Resolución SCVS-DNPLA-2022-0007
SPARLAFTD: Sistema de Prevención y Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos
Normativa emitida por la Superintendencia de CompañÃas Valores y Seguros el 11 de Julio del 2022, para la aplicación de las normas sobre prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos en las empresas de seguros y compañÃas de reaseguros.
Estas normas tienen por objeto regular las polÃticas, procedimientos y los mecanismos para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otros delitos.
Los sujetos obligados deben considerar además de los artÃculos citados en la sección II de la Resolución No. JPRF-S-2022-025 de abril OS del 2022, con fe de erratas publicado en el Registro Oficial Tercer Suplemento No. 60 de abril 19 del mismo año, en relación a:
Identificación
En los lanzamientos de nuevos productos/servicios, canales, antes de que estos sean puestos a disponibilidad para su negociación, éstos deben contar con el informe del oficial de cumplimiento, a fin de que éste manifieste las amenazas, vulnerabilidades y mitigantes de los mismos, cuyo resultado será revelado en el informe anual de cumplimiento.
Matriz de Riesgo
Debe involucrar la identificación de los factores de riesgos en materia de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos conforme a las caracterÃsticas particulares de cada sujeto obligado que permita valorar los riesgos inherentes y residuales, pudiendo aplicar o tomar como referencia las escalas ordinales.
La actualización de la matriz de riesgos deberá ser registrada en la Superintendencia de CompañÃas, Valores y Seguros cuando existan modificaciones en la metodologÃa de riesgos.
Aplicación de Procesos de Debida Diligencia para las Empresas de Seguros y CompañÃas de Reaseguros.
Conocimiento del cliente
Los sujetos obligados deberán implementar el formulario del conocimiento del cliente, mismo que contendrá toda la información personal, comercial, económica, la misma que debe ser suficiente y adecuada, que les permita levantar el perfil económico y transaccional asà como evaluar el riesgo de sus dientes.
En una relación comercial iniciada o ya establecida, deberán aplicar sus propios procedimientos de administración y gestión de riesgos en todas las etapas definidas en el SPARLAFTD, que les permita determinar el nivel de riesgo de sus clientes y de acuerdo a sus resultados aplicar la debida diligencia que corresponda.
Actualización da la informaciÃ