Recordatorio de Obligaciones de Enero 2020
Recordamos a nuestros suscriptores que en enero de 2020 se debe cumplir con las siguientes obligaciones:
Tributarias:
Presentación del Anexo de Retenciones en la Fuente por Relación de Dependencia
Los empleadores, deberán presentar las retenciones en la fuente del impuesto a la renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia en el perÃodo comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de cada año. Esta información deberá ser presentada a través de la página web del Servicio de Rentas Internas, inclusive en aquellos casos en que, durante el perÃodo mencionado, no se haya generado ninguna retención.
Presentación de la proyección gastos personales
Todo persona que labora bajo relación de dependencia presentará a su empleador una proyección de los gastos personales susceptibles de deducción para efecto de cálculo del Impuesto a la Renta.
Declaración IVA semestral
Los sujetos pasivos que exclusivamente transfieran bienes o presten servicios gravados con tarifa cero o no gravados, asà como aquellos que estén sujetos a la retención total del IVA causado, presentarán una declaración semestral de dichas transferencias. La información correspondiente a las operaciones realizadas entre julio y diciembre deberá ser presentada en enero.
Presentación de Anexo PVP para sujetos pasivos de ICE
Los fabricantes e importadores de bienes y los prestadores de servicios, gravados con ICE, deben presentar la información referente a los precios de venta al público sugeridos con corte al 31 de diciembre de cada año, dentro de los primeros cinco dÃas del mes de enero del año al que corresponda la información reportada.
Societarias:
Entrega de información y documentos relacionados con los accionistas de compañÃas extranjeras que son accionistas de compañÃas locales
Las compañÃas nacionales que cuenten entre sus accionistas con sociedades extranjeras deberán entregar a la Superintendencia de CompañÃas, Valores y Seguros la información correspondiente a la compañÃa extranjera relativa a su existencia legal, asà como la lista completa de todos sus socios o miembros hasta detallar el beneficiario final persona natural o sociedad que cotiza en bolsa.
Laboral
Remitir información trabajadores actividades complementarias
Las compañÃas de actividades complementarias deberán remitir, hasta el 31 de enero, la nómina de los trabajadores y ex trabajadores, en la que se detallará la fecha de inicio de labores en la empresa usuaria con el detalle de los dÃas efectivamente trabajados y el número de cargas familiares.
Recordamos que la empresa usuaria calculará las utilidades a repartir a los trabajadores, en base a la nómina de trabajadores y ex trabajadores propios, asà como de los trabajadores y ex trabajadores pertenecientes a empresas de actividades complementarias que le prestaron servicios.
Registro en lÃnea de la decimotercera remuneración
Se recuerda a los empleadores que tienen la obligación de realizar el registro en linea del pago de la decimotercera remuneración en el SUT de acuerdo al noveno dÃgito del RUC, los que terminen en (1,2,3,4,5) fecha de registro del (02 de enero al 21 de enero del 2020) y los que terminen en (6,7,8,9,0) fecha de registro del (22 de enero al 11 de febrero del 2020).
Advertencia: El boletÃn de Consultoria IDA no es ni podrá ser usado como asesorÃa u opinión legal, en vista de que se trata de un documento informativo.