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Tasas de Interés por Mora Tributaria año 2022 (Ecuador)

Fuente: Banco Central del Ecuador


El interés anual por obligación tributaria no satisfecha equivaldrá a una vez la tasa activa referencial para noventa días determinada por el Banco Central del Ecuador en los casos en que se liquide el propio contribuyente, así:


Tabla 1 – Tasas de interés por mora tributaria en autodeterminación del contribuyente
Tasas de interés por mora tributaria en autodeterminación del contribuyente

Para las obligaciones tributarias establecidas luego del ejercicio de las respectivas facultades de la Administración Tributaria; el interés anual será equivalente a 1,3 veces la tasa activa referencial para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador, así:


Tabla 2 – Tasas de interés por mora tributaria en ejercicio de las facultades de la Administración Tributaria
Tasas de interés por mora tributaria en ejercicio de las facultades de la Administración Tributaria

Este interés se calculará de acuerdo con las tasas de interés aplicables a cada periodo trimestral que dure la mora, por cada mes de retraso.

 

Advertencia: El boletín de Consultoría IDA no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento informativo.

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